El departamento jurídico de SERHS Serveis, te informa de la nueva normativa en la edad de jubilación para el cuerpo de la Polícia Local, según el Real Decreto 1449/2018.
A partir del 02.01.2019 se anticipa la edad de jubilación en la Policía Local de acuerdo a los siguientes REQUISITOS :
1.- Acreditar el período de carencia genérico de 15 años y los 15 años de cotización como policía local excluídas las faltas al trabajo.
No se consideran faltas al trabajo:
- La incapacidad temporal.
- El riesgo durante el embarazo.
- La maternidad, la paternidad, la adopción y la acogida.
- La lactancia natural
- Licencias y permisos retribuidos por imperativo legal o convencional.
2.- Permanecer en situación de alta como policía local hasta la fecha de la jubilación.
También tiene derecho quién habiendo conseguido la edad de acceso a la jubilación anticipada, finalice en su actividad como policía local, pero permanezca en alta en cualquier régimen de la Seguridad Social para ejercer una actividad laboral diferente.
3.- Se reducirá la edad de jubilación en un período equivalente al que resulte de aplicar a los años completos efectivamente trabajados como policía local el coeficiente reductor del 0,20.
La aplicación del coeficiente no permitirá una jubilación en una edad inferior:
- En 5 años a la edad ordinaria de jubilación.
- En 6 años cuando se acrediten 37 años de cotización efectiva como policía local.
El tiempo de reducción es tiempo cotizado a efectos del cálculo y de mejorar el porcentaje de la base reguladora.
4.- La cotización efectiva como policía local se exigirá de forma progresiva:
35 años y 6 meses en 2019.
36 años en los años 2020, 2021 y 2022.
36 años y 6 meses en los años 2023, 2024, 2025 y 2026.
37 años de cotización efectiva como policía local en 2027 y siguientes.
5.- Este derecho a la anticipación en la edad de jubilación irá acompañado de un incremento de la cotización, que se fijará legalmente.
6.- El policía local interesado tiene que comunicar su voluntad de acogerse a esta jubilación anticipada antes del día 31 de enero de cada año.
Circular informativa Novedades RD 1449/2018, B.O.E. 05.12.2018