Si tienes un negocio dirigido al sector turístico, desde la asesoría laboral-jurídica de SERHS Serveis te detallamos toda la información recogida en la Resolución EMC 3015/2020 en relación a la concesión de subvenciones a autónomos y empresas del sector turístico de Cataluña afectados económicamente por la COVID-19
Quién se puede beneficiar
Las bases reguladoras de la nueva línea indican que la ayuda es de un único pago destinado, entre otros, a titulares de establecimientos de alojamiento turístico (establecimientos hoteleros, apartamentos turísticos, campings y establecimientos de turismo rural) y explotadores de viviendas de uso turístico.
Cuantía de las ayudas
La subvención consistirá en una aportación única por persona beneficiaria.
– Autónomos y empresas con una media de hasta 5 personas trabajadoras: 5.000,00 euros.
– Empresas con una media de entre 6 y 49 personas trabajadoras: 10.000,00 euros.
– Empresas con una media de más de 50 personas trabajadoras: 20.000,00 euros.
En el caso de las empresas explotadoras de viviendas de uso turístico, la cuantía quedará articulada en dos tramos:
– Empresas de hasta 10 personas trabajadoras: 5.000,00 euros.
– Empresas a partir de 11 o más personas trabajadoras: 10.000,00 euros.
En el caso de que se amplíe la dotación presupuestaria, mediante resolución de la persona titular de la Presidencia de la Agencia Catalana de Turismo, se determinará que los beneficiarios excluidos por falta de presupuesto recibirán la ayuda solicitada con carácter prioritario, teniendo en cuenta el orden cronológico de su solicitud. No será necesario que vuelvan a presentar de nuevo la solicitud.
Solicitudes y plazo de presentación
El plazo de solicitud empieza mañana jueves 26 de noviembre a las 9.00 horas y hasta las 14.00 horas del 30 de diciembre de 2020.
Las solicitudes se han de presentar exclusivamente en el Canal Empresa – haz Clic aquí
Bases reguladoras
Las podéis consultar en la RESOLUCIÓN EMC/2810/2020, de 6 de noviembre – haz clic aquí