Desde la consultoría jurídica de SERHS Serveis os hacemos llegar nota informativa en relación al Control para la Inspección de Medidas COVID-19 en los centros de trabajo
El día 08 de Julio se publicó el REAL DECRETO LEGISLATIVO 26/2020, de 07 de Julio, que contiene nuevas medidas para reactivar la economía y hacer frente al impacto de la COVID-19.
Entre otros, destacamos la que fa referencia a la actuación de la INSPECCIÓN DE TRABAJO ( Disposición final 12 ).
Se habilita temporalmente a los Inspectores de Trabajo para que controlen que en los centros de trabajo se cumplan las siguientes medidas:
- Medidas de ventilación, limpieza y desinfección.
- Puesta a disposición de los empleados de agua y jabón, geles hidroalcohólicos o desinfectantes.
- Adaptación de las condiciones de trabajo: turnos, distancia de seguridad mínima de 1,5 metros entre trabajadores y EPI´s si no es posible cumplir con lo anterior.
- Evitar la coincidencia de pluralidad de personas ( sean trabajadores o clientes ).
Se establece que el incumplimiento será considerado INFRACCIÓN GRAVE en términos de Prevención de Riesgos Laborales.
SANCIÓN: Desde 2.046 € hasta 40.985 €.