Si eres propietario/a de un hotel , has de dedicar 2 minutos a leer este artículo. Desde el Departamento de Fiscal de la gestoría de SERHS Serveis, te informamos de las novedades en materia de Tasas Turísticas implementadas a partir del 1 de Octubre por parte de la Agencia Tributaria.
A continuación os detallamos cuáles son las tarifas específicas según el ámbito de actuación de cada establecimiento hotelero:
Tarifa Barcelona ciudad y recargo municipal
En el supuesto de reserva anticipada del alojamiento, la tarifa aplicable de la vigente en el momento de realizar la reserva siempre que se satisfaga en este momento el importe de la reserva y del impuesto:
En la tarifa general de Barcelona ciudad se añade un recargo municipal:
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- Tarifa general. Barcelona ciudad
2. Recargo del Ayuntamiento de Barcelona
Tarifa resto de Cataluña
En el supuesto de reserva anticipada del alojamiento, la tarifa aplicable es la vigente en el momento de efectuar la reserva siempre que se satisfaga en este momento el importe de la reserva y del impuesto.
Tarifa especial
La tarifa especial es aplicable a las estancias en los establecimientos que, dentro de un centro recreativo turístico, estén situados en las áreas en que se admitan actividades de juegos y apuestas.
En el supuesto de reserva anticipada del alojamiento, la tarifa aplicable es la vigente en el momento de realizar la reserva siempre que se satisfaga en este momento el importe de la reserva y del impuesto.
Tarifas de ejercicios anteriores
NOTA. Todos estos datos han sido extraídos literalmente de la fuente de información Agencia Tributaria de Cataluña (Sede Electrónica).