La orden ESS/214/2018, de 1 de Marzo, otorga un plazo máximo de seis meses para que el colectivo de autónomos que están fuera del sistema RED se registren en el mismo.
Los trabajadores autónomos disponen de un plazo máximo de seis meses, desde el 1 de Marzo, para darse de alta en el Sistema RED. La orden establece la obligación de registro a todo el colectivo de autónomos.
El sistema RED es un servicio que ofrece la Tesorería General de la Seguridad Social tanto a empresa com a profesionales autónomos. A través de este servicio, los usuarios y la Seguridad Social pueden intercambiar información sin necesidad de realizarlo físicamente.
El profesional autónomo que se haya dado de alta en este sistema, tan solo necesitará tener conexión a internet para acceder a documentos de afiliación, cotización o partes médicos.
Los trabajadores autónomos disponen de plazo hasta el último día del mes de agosto para poder cumplimentar la orden. Para ello deberán presentar en la Tesoreria General de la Seguridad Social, la siguiente documentación:
- una fotocopia del D.N.I.
- certificado que acredite que está dado de alta como autónomo
- y una solicitud de autorización para poder acceder al sistema.
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