Desde SERHS Serveis queremos informaros que el pasado sábado 5 de diciembre se publicó en el DOGC la Resolución SLT / 3177/2020, de 4 de diciembre, que prorroga las medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de Covid-19 en el territorio de Cataluña adoptadas por la Resolución SLT / 2983/2020, de 21 de noviembre.
En cuanto a la afectación concreta sobre la actividad hotelera, nos permitimos recordarles los siguientes apuntes:
AFOROS:
Las zonas comunes de los hoteles siguen habilitadas al 50% de su capacidad.
En los espacios de restauración se pueden producir dos supuestos:
- Espacio de restauración sólo para clientes alojados en el hotel: aforo al 50% + medidas de seguridad establecidas.
- Espacio de restauración para clientes alojados + clientes no alojados: aforo al 30% + medidas de seguridad establecidas (salvo que se dispongan en espacios diferenciados y separados).
APERTURA DE BARES Y RESTAURANTES – SE PERMITE EL CONSUMO:
Horario:
Atención al cliente alojado
Se podrá facilitar servicio de restauración a los clientes alojados más allá de las 21.30 horas.
Atención al cliente no alojado
De las 6 a las 21.30 horas como máximo
Servicio de recogida y entrega a domicilio
Servicio de recogida para llevar hasta las 22 horas y servicio de entrega a domicilio hasta las 23 horas.
Medidas:
- Siempre en la mesa
- Máximo grupos de 4 personas por mesa, o burbujas de convivencia (sin límite)
- Distancia mínima señalizada de 2 metros entre mesas diferentes
- Distancia de 1 metro entre personas de una misma mesa, excepto personas de la burbuja de convivencia
- Terrazas sin limitación específica de aforo, pero manteniendo la distancia entre mesas y señalización en el suelo
COMIDAS Y/ O CENAS DE NAVIDAD
A fecha de hoy y a expensas de las futuras revisiones que se haga de las medidas establecidas, podrán celebrarse comidas y cenas de navidad, con las limitaciones de los puntos anteriores y, respetando el confinamiento nocturno y las restricciones de movilidad.
REUNIONES LABORALES
Se pueden celebrar actividades laborales de más de 6 personas en los hoteles, aplicando y respetando el 50% del aforo máximo permitido y todas las medidas de seguridad e higiene requeridas.
Continúa suspendida la celebración presencial de congresos, convenciones y ferias comerciales.
CELEBRACIONES – BODAS, COMUNIONES, ANIVERSARIOS (…)
Podrán celebrarse en los hoteles, respetando la limitación de aforo y movilidad y seguridad de la restauración.
Encontrarás toda la información en el siguiente ENLACE