Desde marzo de este 2022 todas las empresas con una plantilla de 50 o más trabajadores/as tienen la obligación de implantar el plan de igualdad
Inspección de Trabajo de Cataluña (ITC) de la consejería de Empresa y Trabajo de la Generalitat ha intensificado estos últimos meses las inspecciones relacionadas con los Planes de Igualdad en las empresas. Esto ha comportado que se hayan propuesto sanciones importantes que incumplan propósitos como la discriminación salarial por motivo de género, acoso sexual o la falta de los propios planes de igualdad, entre otros.
Se calcula que durante este 2022 las actuaciones por discriminación relativas a los Planes de igualdad, lleguen a 1.500, según indica Fanny Saurina, coordinadora de empleo de la Inspección de trabajo a la Agència Catalana de Notícies (ACN). El cuerpo está centrado en empresas de más de 100 trabajadores y se encuentra con la «sorpresa» de que «muchas ni siquiera han comenzado». La mayoría lo justifican con excusas como que no se han podido reunir con los comités porque todavía están gestionando los ERTOs.
Las acciones más habituales en cuestiones de igualdad están relacionadas con el cumplimiento de los planes de igualdad pero también de discriminación.
Durante esta pasada primavera, el consejero de Empresa y Trabajo, Roger Torrent, especificó que durante el 2021 las multas se habían incrementado un 282% las sanciones propuestas por razón de sexo, lo que supuso que se registraran 136. El titular de Empresa recordó un caso ejemplar con una sanción de 91.000 euros por tres infracciones en materia de igualdad: Inspección de Trabajo detectó una brecha salarial de hasta el 77,8%, así como una carencia de registro retributivo y plan de igualdad en la empresa.
¿Qué es un Plan de Igualdad?
Los planes de igualdad se consideran herramientas de intervención en las empresas para poner freno a una serie de discriminaciones y desigualdades que hoy tienen lugar en los distintos ámbitos sociales, de trabajo y empleo. Es la principal herramienta que permite garantizar los objetivos integrales de cualquier organización.
Consiste en:
- Un diagnóstico inicial donde analizar el proceso de selección y contratación/clasificación profesional/formación; promoción profesional/condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres/ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral/infra-representación femenina/retribuciones/prevención del acoso sexual y por razón de sexo.
- Un informe y planificación de las medidas a implantar que garantizan y/o fomentan la igualdad en oportunidad y desarrollo profesional entre hombres y mujeres.
- Un seguimiento y evaluación periódica.
En SERHS Serveis te ayudamos con la implantación de un Plan de Igualdad en tu empresa.
¿Cuáles son las empresas que tienen la obligación de implantar un plan de igualdad en su organización?
- Empresas con una plantilla de 50 o más personas trabajadoras
- Cuando el convenio colectivo así lo establece
- Cuando la autoridad laboral lo haya acordado.
Un plan de igualdad necesita su tiempo de elaboración y no es posible realizarlo de forma urgente por ejemplo en caso de una inspección de trabajo repentina. Desde el Departamento de Prevención de Riesgos de SERHS Servicios le recomendamos elaborar el Plan de Igualdad con tiempo de antelación para evitar las posibles multas ocasionadas por alguna infracción.
No disponer o no aplicar el plan de igualdad se considera INFRACCIÓN MUY GRAVE y supone una sanción mínima de 7.501 € y hasta 30.000 €. Las infracciones en grado medio pueden comportar multas de 30.001 a 120.005€, y en su grado máximo de 120.006€ a 225.018€..
Desde el Departamento de Prevención de Riesgos Laborales de SERHS Serveis estamos a tu disposición para aclarar cualquier duda que te pueda surgir, así como para realizar una auditoría, diseño e implantación del Plan de Igualdad que tu organización requiera:
- [email protected]
- 93 767 03 78